Desarrolla la política fiscal del Gobierno ¡Pensando en Todos! y asegura la financiación de los programas y proyectos de inversión pública y los gastos autorizados para el normal funcionamiento de la administración y el cumplimiento de la deuda pública.
PERFIL
ASDRUBAL ROPERO PEREZ. Casanareño, nacido en el Municipio de Maní, Contador Público de la Universidad Central, Especialista en Gestión Pública, posgrado en Finanzas Públicas ESAP (en curso), diplomados en Administración Financiera y Presupuestal, Contratos Estatales, Sistemas Integrados de Gestión de Calidad, experto en el desarrollo y aplicación de la contabilidad sistematizada, asuntos tributarios, proceso de saneamiento fiscal y contable, presupuesto público, finanzas públicas y control interno.
MISIÓN
Es misión de la Secretaría de Hacienda desarrollar la política fiscal del Gobierno Departamental para asegurar la financiación de los programas y proyectos de inversión pública contenidos en el Plan de Desarrollo Económico, Social y Ambiental del Departamento de Casanare y los gastos autorizados para el normal funcionamiento de la Administración y el cumplimiento de la deuda pública departamental, así como atender los procesos financieros asociados al manejo de los recursos económicos que le corresponde administrar.
ESTRUCTURA

FUNCIONES
1. Formular y desarrollar, bajo la orientación del Gobernador, las políticas tributaria y de control a la evasión y la elusión, de crédito público, presupuestal de ingresos y gastos, de tesorería y de aprovechamiento e inversión de los recursos que le corresponde administrar al Departamento de Casanare, captados de conformidad con la Constitución Política, la ley y las ordenanzas.
2. Elaborar en coordinación con el Departamento Administrativo de Planeación, el Plan Financiero como instrumento de planeación y gestión financiera del sector público departamental.
3. Participar en la definición de las políticas y en la elaboración de los planes y programas de desarrollo e inversión que formule el Gobierno Departamental.
4. Administrar y controlar el sistema presupuestal del Departamento y de sus entidades descentralizadas y controlar las entidades públicas y privadas que administren fondos públicos del orden departamental.
5. Elaborar en coordinación con el Departamento Administrativo de Planeación, el Proyecto de Presupuesto General de Rentas y Gastos del Departamento.
6. Recaudar, administrar, asegurar y contabilizar los ingresos corrientes, las contribuciones parafiscales, los fondos especiales y los recursos de capital del Departamento, de conformidad con la ley.
7. Atender el pago de las obligaciones legalmente contraídas a cargo del Departamento.
8. Asesorar al Gobernador en todas las materias relacionadas con el crédito público y, en particular, en lo relativo a las políticas de financiamiento interno y externo del Departamento, de sus entidades descentralizadas y de los municipios.
9. Administrar la deuda pública del Departamento y emitir y administrar los títulos valores, bonos, pagarés y demás documentos de deuda pública.
10. Dirigir y efectuar las operaciones de tesorería de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
11. Custodiar y conservar los valores, títulos y demás documentos de propiedad del Departamento y exigir el recaudo oportuno de las utilidades, dividendos o intereses.
12. Dirigir y llevar la contabilidad pública del Departamento, elaborar los registros de la ejecución presupuestal y de la contabilidad general, financiera, patrimonial y los correspondientes estados e informes periódicos.
13. Consolidar la contabilidad general de los entes públicos departamentales y municipales conforme a la ley y las disposiciones del Contador General de la Nación.
14. Asesorar y asistir a las entidades municipales en el manejo de su política fiscal.
15. Ejercer la orientación, coordinación y control de los organismos adscritos y vinculados a la Secretaría de Hacienda.
16. Ejercer las demás atribuciones y funciones propias de la naturaleza de la Secretaría de Hacienda y las que le asignen las leyes y las ordenanzas.
17. Efectuar los análisis de las liquidaciones de regalías, examinar el debido recaudo de las mismas y asesorar a los municipios en estas diligencias.
18. Adelantar los estudios y propuestas orientadas a recaudar ingresos nuevos por la explotación, comercialización, transporte y almacenamiento de recursos naturales no renovables.
Despacho del Secretario.
La Dirección de la Secretaría corresponde al Secretario de Hacienda, quien es, bajo la suprema dirección del Gobernador, la primera autoridad técnica y administrativa en el Ramo de Hacienda, Crédito Público y Política Económica del Departamento, quien la ejercerá con la inmediata colaboración de los Directores.
FUNCIONES
Son funciones del Secretario de Hacienda, además de las consagradas para los secretarios del Despacho en el Estatuto Básico de la Administración Departamental, las siguientes:
1. Dirigir y desarrollar bajo la orientación del Gobernador la política fiscal, financiera y económica del Departamento.
2. Fijar las políticas de financiamiento del Departamento y de las entidades descentralizadas, lo mismo que dirigir y orientar la consecución y negociación de dichos recursos.
3. Dirigir y gestionar la consecución y negociación de recursos de crédito público para el Departamento y participar en la consecución de los recursos del crédito para las entidades descentralizadas del orden departamental.
4. Autorizar conjuntamente con el Gobernador, la emisión de los títulos y demás documentos de la deuda pública, así como la venta y compra en el país o en el exterior de títulos valores del Gobierno Departamental.
5. Participar en la preparación, elaboración y trámite del Plan de Desarrollo Económico, Social y Ambiental del Departamento de Casanare, directamente o a través de funcionarios delegados para tal fin.
6. Presentar anualmente ante la Asamblea del Departamento y dentro de los términos que fijan las normas del Presupuesto Departamental, el proyecto de ordenanza del presupuesto general del Departamento, emitir su concepto cuando la Asamblea pretenda aumentar los cómputos de las rentas, de los recursos del crédito y los provenientes del balance del tesoro e impartir su aprobación escrita cuando se pretenda aumentar las partidas del Presupuesto de Gastos o incluir uno nuevo.
7. Dirigir la preparación del Programa Anual de Caja y sus ajustes para la aprobación de las instancias competentes.
8. Fijar las políticas e impartir las instrucciones para la planeación y el control de las actividades relacionadas con la investigación, determinación, recaudación, cobro y discusión de los impuestos a favor del Departamento.
9. Orientar el desarrollo de la política gubernamental en materia de represión al fraude, elusión y evasión de las rentas departamentales y el control del contrabando de los consumos y productos gravados, de acuerdo con las disposiciones sobre la materia.
10. Ejercer el control del Presupuesto General del Departamento, el de las Empresas Industriales y Comerciales del Departamento y el de las entidades privadas que administren fondos públicos del orden departamental.
11. Presentar y sustentar ante la Asamblea los proyectos de ordenanza relacionados con los asuntos propios de la Secretaría de Hacienda y dar su concepto sobre aquellos que comprometan las rentas del Departamento.
12. Presentar a la Asamblea Departamental el Balance General del Departamento, a 31 de diciembre de cada vigencia fiscal.
13. Presentar al Gobernador y a la Asamblea del Departamento los informes que le sean solicitados sobre las actividades propias de la Secretaría.
14. Orientar la política de apoyo fiscal a los municipios y autorizar la asesoría y asistencia técnica que le soliciten.
CONTACTOS Telefónico: (57 8) 635 8542 - Ext. 140 Electrónico: hacienda@casanare.gov.co