FUNCIONES
1. Coordinar, de acuerdo con el Gobernador,
con los alcaldes, las autoridades civiles, militares
y de policía las estrategias, acciones y mecanismos
para la preservación y restablecimiento del
orden público.
2. Prestar el concurso, apoyo y cooperación
a las autoridades competentes en la preservación
y restablecimiento del orden público.
3. Adelantar los estudios conducentes
para la formulación de los planes, programas
y proyectos específicos de normalización,
rehabilitación y reinserción de los
grupos alzados en armas con acatamiento de las directrices
y políticas adoptadas por el Gobierno Nacional
y Departamental.
4. Trazar políticas que permitan
afianzar y profundizar los principios del Estado social
de derecho, la convivencia ciudadana, la tolerancia
y el respeto de los derechos humanos.
5. Establecer las necesidades de capacitación,
asesoría y apoyo en los programas de descentralización
y participación ciudadana, paz y convivencia,
y, prevención y atención de emergencias
y desastres.
6. Preparar los proyectos de ordenanza,
los proyectos de decreto que deban dictarse en ejercicio
de las atribuciones del Gobernador y liderar la ejecución
de las decisiones y ordenes del mismo.
7. Promover y coordinar los procesos
de asesoría, capacitación y apoyo que
adelantan las diferentes Secretarías, Departamentos
Administrativos y entidades descentralizadas del nivel
departamental, dirigidas a los gobiernos municipales.
8. Apoyar a las autoridades electorales
en los diferentes eventos eleccionarios que se realicen
en la jurisdicción del Departamento.
9. Coordinar y colaborar bajo la dirección
de las autoridades electorales para que los procesos
eleccionarios se realicen con la total transparencia,
armonía, tranquilidad y seguridad en la jurisdicción
del Departamento.
10. Apoyar a la Rama Judicial y el
Ministerio Público en la prestación
del servicio de la administración de justicia.
11. Realizar la revisión legal
de los actos administrativos municipales en el ejercicio
del control constitucional de tutela que le corresponde
al Gobernador, con la colaboración de la Oficina
Jurídica.
12. Dirigir, orientar y coordinar
el sistema departamental para la prevención
y atención de emergencias, desastres.
13. Diseñar, coordinar y adelantar
programas de pedagogía y capacitación,
tendientes a generar una cultura de la prevención
de emergencias y desastres.
14. Promover la participación
activa de la sociedad civil y el compromiso interinstitucional
de los planes de contingencia, los programas, acciones
y proyectos que requieran las actividades de mitigación
de riesgos.
15. Estudiar, asesorar y tramitar
las cartas de naturaleza de ciudadanos extranjeros
que la soliciten.
16. Estudiar las solicitudes y expedir
los pasaportes y las libretas de tripulante terrestre,
de acuerdo con la normatividad vigente.
17. Cumplir los requisitos de seguridad
exigidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores
para la expedición y mantenimiento de las Libretas
de Pasaportes.
18. Coordinar en forma permanente
con los organismos de control con el fin de evitar
la comisión de delitos referentes al área
de Pasaportes y Extranjería.
19. Dar cumplimiento a las obligaciones
contraídas por la Administración, en
el Convenio N° 085 de 1993.
20. Divulgar a través de los
diferentes medios la información necesaria
sobre requisitos legales del desplazamiento para las
personas que viajan al extranjero.