MISION
La misión de la Asamblea es deliberar y adoptar
decisiones mediante ordenanzas que viabilicen el desarrollo
social, económico y político del Departamento.
SERVICIOS
Adelantar las iniciativas de los ciudadanos de presentar
proyectos de diferentes perfiles. Los trámites se componen
de cuerpo del proyecto de ordenanza con sus fundamentos
legales, sus articulados, las firmas del Presidente
y Secretario general de la Asamblea y su respectiva
exposición de motivos, acompañada de soportes según
sea el perfil del proyecto. Resolver las peticiones
de la comunidad.
PROYECTOS
Los
proyectos más significativos tienen perfil social y
económico, entre ellos se consideran el plan de desarrollo
departamental, el presupuesto anual, proyectos enfocados
al desarrollo de actividades productivas, de eficiencia
fiscal, escalas salariales de los empleados del departamento.
Las actividades sociales propenden por el desarrollo
educativo de salubridad, vivienda, el deporte la recreación
y la cultura.
OBJETIVOS
-
Optimizar
y manejar una serie de recursos organizativos, financieros,
humanos y técnicos para asumir el rol dentro de las
políticas del estado.
-
Manejar
la institucionalidad estatal y las relaciones entre
la sociedad civil y el estado, satisfaciendo las demandas
ciudadanas y logrando los propósitos del Gobierno.
-
Vigilar
y controlar la labor que desarrollan las demás autoridades
departamentales, como los secretarios del gabinete,
el contralor departamental y los gerentes de institutos
descentralizados.
-
Ejercer
control político sobre la administración departamental,
para lo que puede solicitar informes sobre el ejercicio
de las funciones desempeñadas por el contralor, secretarios
de gabinete, jefes de departamentos administrativos
y directores o gerentes de entidades descentralizadas.
-
Implantar
procedimientos y diseñar estrategias que viren con
enfoque de crecimiento contínuo proyectado a la comunidad.
FUNCIONES
CONSTITUCIONALES
-
Reglamentar
el funcionamiento y la prestación de los servicios
a cargo del departamento.
-
Aprobar
los impuestos necesarios para garantizar el funcionamiento
del departamento.
-
Expedir
el presupuesto anual de rentas y gastos del departamento.
-
Crear
y suprimir municipios, segregar y agregar territorios
municipales y organizar provincias.
-
Dictar
normas de policía.
-
Definir
la estructura de la administración departamental (funciones
de sus dependencias y niveles de remuneración de acuerdo
con la categoría de los empleos), crear los establecimientos
públicos y las empresas industriales y comerciales
del departamento y autorizar la constitución de sociedades
de economía mixta.
-
Autorizar
al Gobernador para celebrar contratos, firmar créditos
y reglamentar la repartición o destino de los terrenos
baldíos cedidos al Departamento.
-
Solicitar
informes sobre el ejercicio de las funciones del Contralor
Departamental, secretarios del Gobernador, jefes de
departamentos administrativos y directores de institutos
descentralizados. Revestir al Gobernador de facultades
extraordinarias para expedir normas con fuerza de
Ordenanza, cuando la necesidad así lo exija.
-
Presentar
a las autoridades nacionales proyectos para la expedición
de leyes, decretos, actos o resoluciones que convengan
a los intereses del departamento.
-
Ayudar
a la promoción de los derechos humanos en la jurisdicción
del departamento. - Promulgar el plan de desarrollo
económico y social, es decir fijar los programas de
obras públicas, de salud, educación, medio ambiente,
transporte, creación de empleo, turismo, etc., de
acuerdo con los recursos que tenga el departamento,
mediante Actos Administrativos (Ordenanzas).
INTEGRANTES
¿ Quiénes conforman la Asamblea ?
Conforman
la Asamblea los diputados elegidos por votación popular,
en una determinada jurisdicción Departamental.
¿
Quiénes dirigen la Asamblea ?
La
Asamblea cuenta con una mesa directiva, integrada por
los siguientes dignatarios:
-
Presidente
-
Primer
Vicepresidente
-
Segundo
Vicepresidente
¿
Qué funciones cumple la Mesa Directiva?
-
Elabora
el orden del día para cada sesión.
-
Maneja
el desarrollo de Sesiones Plenaria.
-
Nombra
y remueve a los empleados de la Corporación, respetando
el número de funcionarios autorizados en la Ordenanza
vigente.
-
Impone
las sanciones disciplinarias correspondientes a los
diputados y empleados que cometan faltas graves en
la corporación.
-
Revisa
y firma con el Secretario de Despacho las nóminas
correspondientes a los Honorables Diputados.
¿Qué
funciones cumple el Presidente?
-
Es el representante legal de la Asamblea,
-
Dirige
los debates de la Asamblea.
-
Firma
Ordenanzas.
-
Tiene la obligación de hacer cumplir el reglamento
interno de la corporación y de absolver los interrogantes
que en torno del mismo se presenten. " Convoca a sesiones
especiales a la Asamblea.
-
Envía a la sanción del Gobernador los proyectos de
ordenanza dentro de los dos días hábiles siguientes
a aprobación en último debate.
-
Firma
las actas y demás comunicaciones a nombre de la Asamblea.
-
Sanciona
las Ordenanzas que el Gobernador no haya sancionado
dentro del término legal.
-
Distribuye
conjuntamente con el Secretario los proyectos de Ordenanza
a las respectivas comisiones.
-
Llamar
a los Suplentes en caso de falta Temporal o Absoluta
del Titular.
-
Solicitar
de las Oficinas Públicas los Documentos que se requieran
por las Comisiones o los Diputados.
-
Requerir
de las Comisiones la oportuna presentación de los
trabajos encomendados.
-
Llamar
al Vicepresidente en turno, para presidir la Sesión,
cuando halla de tomar parte en alguna discusión.
-
Velar porque la Secretaría
General cuide de los bienes Muebles e Inmuebles de
propiedad de la Corporación.
UBICACION
Dirección:
Calle 23 No. 20 - 18. Telefax: 635 7655 y 635 8865
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