La
Oficina de Vivienda desarrolla los Programas de Vivienda
de Interés Social en los 19 municipios del Departamento,
mediante el otorgamiento de subsidios a las familias
casanareñas de escasos recursos económicos en las
áreas de:
-
Mejoramiento
de Vivienda Urbana
-
Mejoramiento
de Vivienda Rural
-
Construcción
de Vivienda Nueva
En
la ejecución de estos proyectos participa la Comunidad,
las Alcaldías Municipales y la Gobernación de Casanare
quien aporta los materiales de construcción básicos,
mano de obra calificada y asistencia técnica profesional.
GENERALIDADES
Y CONTEXTO
El
Plan de Desarrollo Trabajo en Equipo estructura un Modelo
de Desarrollo Económico, que en su Dimensión
Equidad Social propone concentrar esfuerzos en proyectos
y programas de alto impacto social diseccionado recursos
hacia los grupos mas desprotegidos y marginados de la
población, incluyendo el mejoramiento de las
condiciones habitacionales dentro de la Estrategia Vivienda
con Equidad y el Programa Vivienda Sana y los Subprogramas
Mejoramiento de las condiciones de Saneamiento Básico
y Ambiental, Construcción y Mejoramiento de Vivienda
en el Departamento y Apoyo a la Construcción,
Remodelación y Mejoramiento del Entorno.
ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN
En
Casanare se presentan enfermedades directamente relacionadas
con las condiciones de habitabilidad de la vivienda,
tales como: los materiales inadecuados en que está
construida, el abastecimiento de agua potable, la disposición
final de excretas y residuos sólidos y en general
con las condiciones higiénico-sanitarias de la
vivienda y su entorno.
La vivienda es un indicador básico del bienestar
de la población, que constituye la base del patrimonio
familiar y es un factor determinante para ampliar las
posibilidades, oportunidades y capacidades de desarrollo
de la población y así mejorar su calidad
de vida.
Atendiendo estos antecedentes el departamento y los
municipios han realizado significativas inversiones
en el sector de la vivienda, atendiendo la demanda,
originada en la creciente migración poblaciones
hacia y dentro del Departamento. El proceso de atención
a la demanda ha cubierto un importante número
de beneficiarios con los programas de vivienda nueva,
lotes con servicio, mejoramientos urbanos y rurales
y Legalización de Predios.
MISIÓN
Direccionar
esfuerzos y recursos hacia la Implementación
y apoyo de programas de vivienda de interés social
en las áreas urbana y rural del departamento
dirigidos fundamentalmente a la población vulnerable,
que no posea solución de vivienda o requiera
de un mejoramiento, al encontrarse afectada en sus condiciones
de salud y bienestar, generando confiabilidad y eficacia
en los procesos de adjudicación.
VISIÓN
Mediante
la ejecución de programas de vivienda de interés
social mejorar la calidad de vida de la población
vulnerable y así alcanzar indicadores aceptables
de satisfacción de necesidad básica en
este aspecto y/o coberturas tanto a nivel urbano como
rural.
ESTRATEGIAS
-
Control permanente del cumplimiento de requisitos
establecidos para acceder al subsidio de Vivienda
de Interés Social, para así garantizar
cero fraude.
-
Proyectos
totalmente viabilizados y con ejecución garantizada.
-
Implementar procesos de selección claros, abiertos
y confiables.
-
Emprender y consolidar acciones tendientes a depurar,
fortalecer, consolidar y hacer más eficiente
los procesos administrativos asociados a la adjudicación
de Vivienda de Interés Social.
-
Reorientar los programas de vivienda hacia el sector
rural, como promoción para la equidad entre
ciudadanos del campo y de la ciudad.
-
Direccionar los proyectos hacia la ocupación
de predios que se encuentren dentro de los perímetros
sanitarios y que presenten localizaciones favorables
para la consolidación de sectores residenciales
en las cabeceras municipales.
-
Superar niveles mínimos de cobertura, que permitirán
reorientar recursos a otros sectores o emprender acciones
que apoyen el desarrollo integral de las comunidades.
OBJETIVOS
MEJORAR LA CALIDAD DE VIDA DE LA POBLACIÓN VULNERABLE
ADECUANDO LAS CONDICIONES DE HABITABILIDAD DE LAS VIVIENDAS
TANTO RURALES COMO URBANAS.
-
Desarrollar
soluciones técnicas de vivienda y saneamiento
básico que garanticen la disminución
de agentes causantes de enfermedades gastrointestinales
originadas en la ingesta de aguas insalubres, disposición
de residuos y afecciones causadas por vectores.
-
Consolidar los procesos de densificación y
ocupación urbana, necesaria en la totalidad
de las áreas urbanas y centros poblados del
Departamento dentro de los perímetros sanitarios
definidos en los EOT y PBOT Yopal.
-
En el marco de la coordinación interinstitucional
incrementar mediante acciones de mejoramiento de vivienda
las coberturas de servicios básicos.
-
Consolidar un sistema de información confiable,
que permita tomar las decisiones convenientes y justas,
así como la relación de los beneficiarios
potenciales en los diferentes programas de los municipios
y el departamento.
-
Gestionar recursos y acciones específicas para
el área rural, teniendo en cuenta procesos
de mejoramiento a las condiciones de habitabilidad
de la vivienda referidos al saneamiento básico
e instalaciones hidrosanitarias.
-
Adelantar procesos de certificación y legalización
de la tenencia de los predios.
-
Realizar
3.000 mejoramientos de vivienda rural.
-
Reemplazar en 1200 viviendas rurales y urbanas los
techos de paja/palma, paredes de tapia/adobe y pisos
en tierra, por materiales sólidos.
-
Conectar 3.000 familias a las redes de servicios domiciliarios,
principalmente de acueducto y alcantarillado.
-
Adelantar 3500 mejoramientos de vivienda.
-
Construir 1000 unidades de vivienda nuevas.
-
Beneficiar a 5000 familias mediante la ejecución
de obras de urbanismo en proyectos de vivienda existente.
MARCO
JURÍDICO
-
El
derecho constitucional a una vivienda digna (derecho
de rango no fundamental, de desarrollo legal y no
autónomo, de carácter progresivo y asistencial)
y su contraprestación como obligación
estatal, en países en desarrollo como el nuestro,
no puede entenderse como un derecho absoluto, de realización
inmediata y sin aporte alguno del ciudadano beneficiario;
tal como reiteradamente lo ha definido la Honorable
Corte Constitucional en sentencias de constitucionalidad
y tutela, siguiendo en ello las directrices de progresividad
que estableció la misma Asamblea Constituyente
de 1991. Lo anterior tanto por la escasez de recursos,
como por la necesidad de una mayor cobertura y aprovechamiento
eficiente del recurso escaso (sentencias T- 258 de
1997 y T- 251 de 1995, M. P. Carlos Gaviria Díaz).
-
La adjudicación de subsidio de vivienda en
Casanare está normada por los Decretos Departamentales
0047 de 1999 y 0059 de 2000, complementados por la
ley 3 de 1991 y los Decretos 2620 de 2000, 2488 de
2002 y 975 de 2004, los cuales exigen, primero que
todo, la presentación de la solicitud de postulación
conjunta con el aporte documentario que acredite los
requisitos para ser beneficiarios de subsidio. Con
base en dicha solicitud se procede a hacer la verificación
y selección correspondientes, para asignar
el subsidio a los núcleos familiares favorecidos,
si se cumplen los requisitos y hay disponibilidad
de proyectos y presupuesto
-
El ahorro programado, antecedente y oportuno, es requisito
de ley para poder acceder o mantener el beneficio
del subsidio de vivienda de interés social
-
La política del Estado en materia de vivienda
de interés social como desarrollo del derecho
constitucional a una vivienda digna, está signada
por la concurrencia, esto es, el ser complementaria
del esfuerzo que los potenciales beneficiarios han
desarrollado a su vez, de manera previa o concomitante.
-
La postulación implica, de facto y derecho,
conforme lo consigna el artículo 7° de
la Ley 3 de 1991, la aceptación de las condiciones
de ortorgamiento del subsidio establecidas por la
ley y la otorgante; incluyendo las de revocatoria.
-
Ninguno de los miembros del hogar postulante puede
ser propietario o poseedor de vivienda, excepto en
casos de postulación para mejoramiento de vivienda
y construcción en sitio propio.
-
Los ingresos totales de los miembros del hogar, deben
ser iguales o inferiores a cuatro (4) salarios mínimos
mensuales legales vigentes.
-
No haber sido beneficiario del Instituto de Crédito
Territorial en ninguna de sus modalidades aún
cuando la vivienda haya sido transferida o hubiere
sido uno de los cónyuges el titular de tales
beneficios.
-
No haber sido el hogar o cualquiera de sus miembros
beneficiario que haya recibido subsidio familiar de
vivienda o que siendo favorecido no ha presentado
renuncia a su utilización en los casos de beneficios
otorgados por el Fondo Nacional de Vivienda, el Instituto
Nacional de Vivienda y Reforma Urbana – INURBE
– hoy en liquidación, la Caja Agraria
hoy en liquidación, el Banco Agrario, FOCAFE,
FOREC, las Cajas de Compensación Familiar o
cualquier entidad pública de cualquier orden
en casos de calamidades naturales. Lo anterior no
se aplica en caso que el beneficiario hubiere restituido
el subsidio a la respectiva entidad otorgante.
-
No tener derecho, de acuerdo a las normas legales,
a solicitar otros subsidios nacionales para vivienda
diferentes de los que otorga el Fondo Nacional de
Vivienda.
-
No ser el hogar o cualquiera de sus miembros, propietario
o poseedor de una vivienda, a la fecha de la postulación,
en el caso de adquisición o construcción
en sitio propio.
-
La vivienda en el caso de construcción en sitio
propio o de mejoramiento de vivienda, debe localizarse
en predios o desarrollos debidamente legalizados.
En todo caso, cualquier miembro del hogar debe ser
propietario de la vivienda que se pretende construir
o mejorar y no puede ser cualquier miembro del hogar
propietario de otra vivienda.
-
No estar restringida la posibilidad del hogar postulante
o cualquiera de sus miembros, de acceder al subsidio
familiar de vivienda por haber presentado información
falsa o fraudulenta en cualquiera de los procesos
de acceso al subsidio, dentro del término y
de conformidad con la restricción que estará
vigente durante el término de diez (10) años
conforme a los dispuesto en la Ley 3ª de 1991.
-
El ahorro previo es requisito para la obtención
del Subsidio Familiar de Vivienda, aunque su existencia
en ningún caso implica para las entidades otorgantes
la obligación de asignarlo. Se exceptúan
para efectos del requisito del ahorro, los hogares
con ingresos hasta de dos (2) salarios mínimos
legales mensuales vigentes que tengan garantizada
la totalidad de la financiación de la vivienda
-
Además, debe cumplir con los documentos que
se deben anexar al formulario de postulación.
ENFOQUE
DE LOS PROYECTOS DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA
Los
mejoramientos de vivienda incluyen acciones de ampliación
de espacios en la vivienda; saneamiento básico
en áreas como cocina y baño; reposición
de techos, paredes y pisos con materiales compactos
que aíslen y eviten la domiciliación de
insectos; el abastecimiento y calidad del agua intradomiciliaria
y la eliminación final de aguas de consumo y
excretas (unidades sanitarias y sistemas de eliminación).
MEJORAMIENTOS
DE VIVENDA URBANA Y RURAL
El
Programa de Mejoramiento de Vivienda Urbana y Rural
se efectúa en las siguientes fases:
FASE
I: Revisión de la base de datos de las solicitudes
que ingresan a esta dependencia. Coordinación con las
alcaldías municipales para selección de barrios más afectados
o necesitados. Visitas técnicas domiciliarias realizadas
por profesionales de la Arquitectura y Trabajo Social.
FASE
II: Reunión con la comunidad - Información sobre la
documentación que se requiere para ser beneficiaria del
subsidio. Selección y calificación de postulantes. Elaboración
de presupuestos y listados definitivos
FASE
III: Construcción de las soluciones de vivienda Organización
comunitaria
FASE
IV: Legalización del subsidio (resolución)
VIVIENDA
NUEVA
Consiste
en la construcción progresiva de viviendas mínimas habitables
con desarrollo urbanístico integral adecuación de vías
y servicios públicos. El Programa de Construcción de
Vivienda Nueva se desarrolla en las siguientes fases:
FASE
I: Diligenciar el formulario de solicitud y entregarlo
a la Oficina de Vivienda
FASE
II: Preselección de postulantes.
FASE
III: Recepción de documentación, calificación y selección
definitiva. FASE IV: Construcción. Aporte de mano de obra
y entrega de materiales. Aporte ahorro programado por
parte de los beneficiarios.
DOCUMENTACIÓN
EXIGIDA
La
documentación requerida para los postulantes seleccionados
en los diferentes programas es la siguiente:
MEJORAMIENTO
DE VIVIENDA URBANA
Copia
de la cédula del postulante y del cónyuge (legible)
Registro
civil de parentesco de los hijos menos de 18 años que
vivan en el núcleo familiar.
Fotocopia
del certificado del SISBEN de todos los miembros del núcleo
familiar en una hoja
Certificado
de ingresos, firmada por un contador público, para los
no sisbenizados.
Certificado
de matrimonio para los casados o Declaración extrajuicio
para los que viven en unión libre ( expedida por Notario
Público).
Declaración
extrajuicio de Madre o Padre Cabeza de Hogar en caso de
que lo sean (expedida por Notario Público o Juzgado Municipal).
Copia
de la escritura del predio. ¢ Certificado de tradición
y libertad. ¢ Certificado catastral departamental del
postulante y del cónyuge (original).
Certificado
de Discapacidad expedida por un médico en caso de que
exista algún miembro del núcleo familiar discapacitado.
Certificado
de residencia y permanencia en Casanare para aquellas
personas que no sean nacidas en el Departamento (expedida
por la Secretaria de Gobierno Municipal).
Certificado
de sana tenencia, posesión pacifica y que no presenta
ningún riesgo para ser habitado, expedido por Planeación
Municipal, en caso de poseer documento de compraventa.
( Para mejoramiento de vivienda rural )
Certificación
de cuenta de ahorro programado. (para Vivienda Nueva)
Certificado catastral Nacional y de Bogotá del postulante
y del cónyuge original. (Para Vivienda Nueva)
PROYECTOS EN CONSTRUCCIÓN
La
Oficina de Vivienda de la Gobernacion de Casanare adelanta
la construcción de 2500 mejoramientos en el area rural
y 1000 mejoramientos en el area urbana en los municipios
de Sacama, Hatocorozal, Paz de ariporo, Pore, Nunchía,
San Luis de Palenque, Orocue, Yopal, Aguazul, Mani,
Tauramena, Monterrey,Sabanalarga y Villanueva.
Con
referencia a proyectos de vivienda Nueva se adelantan
programas en los Municipios de Yopal, Aguazul, Monterrey
, Hatocorozal y Villanueva en donde se construiran cerca
de 1000 viviendas.
UBICACION
Cualquier
información y entrega de solicitudes se puede realizar
en la oficina de vivienda ubicada en la calle 9 No.
19-56 2° piso del Edificio de la Contraloría Departamental.
El formulario de inscripción no tiene ningún costo.
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