FUNCIONES
1. Coordinar con las instituciones sectoriales de cultura, salud, ICBF, y las demás que fueren pertinentes la actividad conjunta con las instituciones educativas y para que a ellas confluyan oportuna y eficientemente los servicios que éstas prestan, con objeto de atender los requerimientos de la comunidad educativa.
2. Actualizar el diagnóstico sobre las necesidades de capacitación del personal docente, directivo docente y administrativo de la Secretaría, elaborar el plan de capacitación y desarrollar los programas de capacitación respectivos.
3. Brindar asesoría para la elaboración y ejecución de los Proyectos Educativos Institucionales, su inscripción, seguimiento y diseño de estímulos para incentivar su calidad y eficiencia.
4. Promover y diseñar programas y proyectos tendientes al fortalecimiento de la autonomía pedagógica de las instituciones educativas del Departamento.
5. Apoyar el desarrollo curricular en las instituciones del Departamento.
6. Concertar con los municipios e instituciones educativas los procesos de asistencia técnica para promover el mejoramiento de la calidad de la educación.
7. Definir estándares para los materiales y recursos educativos con el propósito de que ellos sigan patrones de calidad y de adecuación a las condiciones del Departamento y velar por la eficiencia y eficacia en su distribución y utilización.
8. Suministrar atención prioritaria a las escuelas rurales del Departamento y a las que prestan servicio a las poblaciones más vulnerables y propender por su fortalecimiento institucional como instituciones de educación básica en áreas de formación integral.
9. Realizar los procesos de evaluación y seguimiento de la calidad y la gestión de las instituciones educativas del Departamento.
10. Formular y desarrollar proyectos para el mejoramiento del proceso de evaluación en las instituciones educativas del Departamento.
11. Divulgar las nuevas tendencias pedagógicas a través de medios masivos de comunicación.
12. Desarrollar proyectos de educación no formal y de adultos que conlleven al perfeccionamiento de la persona humana, el conocimiento y la reafirmación de los valores nacionales, regionales y locales.
13. Ejercer la Secretaría de la Junta Departamental de Educación y del Comité Departamental de Capacitación.
14. Desarrollar las actividades tendientes a la acreditación y al reconocimiento de las instituciones educativas.
15. Velar porque las instituciones educativas realicen oportunamente los procesos de autoevaluación requeridos para la acreditación y para los demás efectos legales.
16. Poner en marcha sistemas de conciliación de conflictos entre instituciones, entre los miembros de la comunidad educativa y entre éstas y las entidades municipales y locales.
17. Apoyar y fomentar proyectos de investigación e innovación educativa en los distintos niveles, áreas y modalidades del sector educativo del Departamento.
18. Difundir el resultado de investigaciones pedagógicas realizadas por los actores que conforman la comunidad educativa.
19. Organizar y desarrollar el Foro Educativo Departamental con el fin de reflexionar sobre el estado de la educación en el Departamento y establecer políticas del sector que permitan el mejoramiento y cobertura del servicio educativo.
20. Proponer y concertar estándares con el gobierno nacional y la comunidad educativa pública y privada para el desarrollo de las funciones de acreditación, inspección y vigilancia.
21. Difundir los estándares con el objeto de poder ajustarlos a las expectativas de los agentes educativos.
22. Instruir y conceptuar sobre las investigaciones solicitadas por la comunidad educativa.
23. Velar por la extensión de oportunidades para que la población del Departamento tenga acceso a la educación superior y a la educación técnica y tecnológica, acorde con los requerimientos para el desarrollo municipal y local.
24. Apoyar las instituciones de educación media técnica y de educación para el trabajo, tanto en el campo pedagógico como en el área de los materiales y recursos educativos.
Parágrafo. Las funciones 20, 21, 22, 23 y 24, se organizarán y desarrollarán mediante el Cuerpo Técnico de Supervisión Educativa.
Junta Departamental de Educación:. Las funciones y composición de la Junta Departamental de Educación, son las que están definidas en los artículos 158 y 159 de la Ley 115 de 1994 y las que en el futuro le señalen las normas nacionales.
Junta Departamental de Escalafón: Las funciones de la Junta Departamental de Escalafón están definidas en las normas vigentes sobre la materia a nivel nacional.
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